- Solicitud Tipo "08"
- Verificación en Solicitud Tipo "12". (obligatoria para automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/85)
- Título del Automotor.
- Cédula de identificación.
- D.N.I., L.C., L.E. etc.: original y una fotocopia. (Titulares y sus conyuges)
- C.E.T.A. en caso de que corresponda.
- Formulario 381 (cf. Disposición D.N. Nº 831/09) en el caso de transferencia de Maquinarias
- En caso de existir prenda, constancia de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario.
- En caso de encontrarse inscripto contrato de leasing, constancia de que el tomador del leasing está en conocimiento de la venta, mediante presentación de la copia del telegrama o carta documento emitida por el correo.
- Constancia de inscripción en la C.U.I.T., C.U.I.L. o C.D.I.
- Formulario "13" - Declaración Jurada de patentes firmada por el presentante del trámite.
- Comprobantes de pago de impuesto provincial o municipal a la radicación de automotores - Patentes: automotores radicados en Cap. Fed.: últimos 5 años; en Pcia. de Bs. As. 1994 en adelante.
Para mayor información puede consultar en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios ( DNRPA ) enlace aquí.
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